Nuevo Código Civil y Comercial



El 1° de agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Argentina, aprobado por ley 26994.

Esta norma introduce cambios fundamentales en el sistema legal aplicable a las relaciones privadas, comenzando por la unificación del Código Civil y del Código de Comercio.


Los cambios principales pueden sintetizarse en: 

Nombre: Mayor libertad de elección. Se pueden inscribir nombres aborígenes y derivados. El hijo puede llevar como primer apellido el de cualquiera de los progenitores y agregar el del otro. Cualquiera de los cónyuges puede utilizar el apellido del otro precedido de la preposición "de".

Matrimonio: No hay distinción de sexo entre los contrayentes. Antes de contraer matrimonio pueden celebrar convenciones a los fines de determinar los bienes y deudas que aportan y si optan por el régimen patrimonial de comunidad o separación de bienes.

Divorcio: Cualquiera de los cónyuges puede pedirlo sin necesidad de invocar causa. Simplificación de trámites.

Uniones convivenciales: Reemplazan el concubinato. Pueden registrarse y celebrarse pactos de convivencia para acordar la contribución a los gastos comunes y la adjudicación de los bienes en caso de ruptura.

Hijos: Se prioriza el interés del menor. Los niños deben ser escuchados en aquellas cuestiones que los afecten. Se introduce la figura del abogado del menor.Responsabilidad del conviviente respecto de los hijos de su pareja.

Reproducción asistida: Son reconocidas las técnicas de reproducción asistida y se equipara la filiación a la natural y a la adopción plena.

Adopción: Simplificación de trámites. Prevalece el interés del menor. Puede adoptar una pareja o una persona sola. Derecho del adoptado a conocer su origen biológico.

Consumidores: Amplía la protección al consumidor frente a contratos estandarizados, cláusulas abusivas, publicidad engañosa y compras fuera de locales. Garantiza libertad de contratar, trato digno y no discriminación.

Nuevas formas de contratación: Regula contratos celebrados por medios electrónicos. Sistema de

oferta obligatoria. Establece reglas para contratos conexos, contratos de largo plazo. Regula contratos sobre el cuerpo humano y sus partes separadas.

Empresas: Las empresas familiares pueden sobrevivir a sus fundadores ya que es posible efectuar pactos sobre herencias futuras. Posibilidad de constituir una sociedad unipersonal.

Otros: Se modifica el régimen de prescripción y caducidad. Se regula la propiedad indígena. Se establecen normas de protección ambiental y desarrollo económico.